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Avenida La Marina 1443, San Miguel, Lima - Perú
Lunes a Viernes: 8:30 a.m a 1p.m. y 2 p.m. a 6 p.m.
Sábados: 9:00 a.m. a 1:30 p.m.
SEPARACIÓN DE PATRIMONIO Y/O SUSTITUCIÓN DE RÉGIMEN PATRIMONIAL
Mediante el régimen patrimonial de separación de patrimonios, cada cónyuge separa y conserva a plenitud la propiedad, administración y disposición de sus bienes presentes y futuros, percibiendo para sí los frutos y productos de dichos bienes y respondiendo con ellos de sus propias deudas.
La separación puede ser anterior al matrimonio, en cuyo caso rige a partir de su celebración, o durante éste, sustituyendo el existente, con vigencia desde la fecha de inscripción en el Registro de Personas Naturales.
REQUISITOS DEL TRÁMITE
REQUISITOS DEL TRÁMITE
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Minuta firmada por los otorgantes y autorizada por abogado.
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Copia de documento de identidad de los contratantes.
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Vigencia de poder original y actualizado, en caso se actué por representación.
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Copia certificada original y actual de la partida de matrimonio, de ser el caso.
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Copia Literal de la Partida Registral donde consten inscritos los bienes materia de separación, de ser el caso.
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Formularios Municipales (PU y HR) y recibo de pago del Impuesto Predial del año respectivo o Constancia de no Adeudo, emitida por la Municipalidad correspondiente, donde se consigne los datos exactos del inmueble, de ser el caso.
TRÁMITE
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La documentación completa será calificada y se programará fecha para la suscripción de la Escritura Pública.
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Suscrita la Escritura Pública por los contratantes, se emitirá parte notarial para los Registros Públicos (08 días hábiles).